Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 0390/2004

N° Receptoría:

Fecha: 2007-11-07

Carátula: PROVINCIA DE RIO NEGRO C/ IRIBARREN CLAUDIA MARIA Y OTROS S/ ORDINARIO

Descripción: DESISTIMIENTO EN LOS TÉRMINOS DEL ART. 304 DEL C.Pr.

EXPTE. Nº: 0390/2004.-

CARATULA: PROVINCIA DE RIO NEGRO C/ IRIBARREN CLAUDIA MARIA Y OTROS S/ ORDINARIO.-

Viedma, noviembre de 2007.-

Por formulado desistimiento en los términos del art. 304 del C. Pr., del mismo córrase traslado a la parte contraria por el término de 5 días, bajo apercibimiento de tenerlo por conforme en caso de silencio y declarar extinguido el proceso sin más trámite. Notifíquese.-

R.B.

Alejandro J. E. Moldes

Juez

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Poder Judicial de Río Negro