Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 0655/2006

N° Receptoría:

Fecha: 2007-11-07

Carátula: OFFIDANI PEDRO C/ EMPRESA DE TRANSPORTES DE PASAJEROS KO KO S.R.L. S/ SUMARIO S/ OFICIO

Descripción: regula honorarios

EXPTE. Nº 0655/2006

CARATULA: OFFIDANI PEDRO C/ EMPRESA DE TRANSPORTES DE PASAJEROS KO KO S.R.L. S/ SUMARIO S/ OFICIO

Viedma, noviembre de 2007.-

Atento lo peticionado, el estado de autos y teniendo en cuenta el trabajo realizado, regúlense los honorarios profesionales del perito contador sr. Marcos Adrián Santa Cruz en la suma de $ 750, con más la suma de $ 37,50 correspondiente al Consejo Profesional de Ciencias Económicas (arts. 35 y 58 Dec. Ley 199).-

Conforme el estado de autos, regúlense los honorarios profesionales del Dr. Juan Carlos Ozuna en la suma de $ 350 (7 jus) (arts. 8 y cc ley 2212). Notifíquese a la Caja Forense y cúmplase con la Ley 869.-

Alejandro J. E. Moldes

Juez

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