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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 32916III
Fecha: 2005-08-25
Carátula: GUSTIN Eduardo A. S/ Sucesión
Descripción: Regula 3ra. etapa
//neral Roca, 25 de AGOSTO de 2.005._
Agréguese y téngase presente.
Por la tercer etapa regulo los honorarios profesionales del Dr. Santiago Antonio Hernandez, en la suma de $395.- los de Oscar Pablo Hernandez en la suma de $395.- a cargo de los herederos y por la suma de $198.-y 198.- respectivamente, a cargo del cónyuge supérstite.- (M.B. $ 33.888.- arts. 6, 7, 24 y 43 L.A. 2412.-)
Se deja constancia que en la merituación de los honorarios se ha tomado en cuenta fundamentalmente la calidad de la actuación profesional, la extensión, complejidad y etapas cumplidas de la causa, y el resultado obtenido a través de aquélla (arts. 6, 6 bis, 7 ley 2212 R.N.).
NOTIFIQUESE.-
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
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Poder Judicial de Río Negro