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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0771/2006
Fecha: 2007-11-06
Carátula: INSTITUTO MODELO VIEDMA S.R.L. S/ CONCURSO PREVENTIVO
Descripción: SENTENCIA DE CATEGORIZACION
Viedma, noviembre de 2007.-
Y VISTOS: Los presentes obrados caratulados "INSTITUTO MODELO VIEDMA S.R.L. S/ CONCURSO PREVENTIVO", Expte. Nº 0771/2006, traídos a despacho a los fines de resolver;
Y CONSIDERANDO:
I) Que atento al estado de autos, de conformidad con las constancias obrantes en los mismos y en virtud de lo establecido en el art. 42 de la L.C.Q. corresponde en este estado proceder a dictar resolución fijando definitivamente las categorías y los acreedores verificados que integran cada una de ellas y determinar los nuevos integrantes del comité provisorio de acreedores.-
II) Que, para categorizar a los acreedores se tendrá especialmente en cuenta la resolución de las solicitudes de verificación (fs. 259/260), el informe general presentado por el Sr. Síndico (fs. 279/285) -conforme lo dispuesto por el art. 39 inc. 9 de la L.C.Q.- y la propuesta efectuada por el actor (fs. 291).-
III) Que en virtud de lo expuesto y a fin de realizar la categorización señalada y la ubicación de los acreedores verificados en las mismas, de conformidad con lo que surge de la sentencia ya mencionada, cabe, en este caso particular, dividir a los acreedores verificados en los cinco grupos o categorías que fueran propuestos, a saber: a) privilegiados especiales, b) privilegiados generales, c) quirografarios privados, d) quirografarios públicos nacionales y e) quirografarios públicos provinciales, conforme el siguiente detalle:
a) PRIVILEGIADOS (con privilegio especial):
1) Aguas Rionegrinas S.A: Con la suma de $ 2.993,05.-
2) Dirección General de Rentas de la Provincia de Río Negro (D.G.R.): Con la suma de $ 13.512,30.-
b) PRIVILEGIADOS (con privilegio general):
1) Administración Federal de Ingresos Públicos (A.F.I.P.): Con la suma de $ 193.136,16.-
2) Dirección General de Rentas de la Provincia de Río Negro (D.G.R.): Con la suma de $ 82.110,53.-
c) QUIROGRAFARIOS (Privados):
1) Passarelli Jorge Pablo: Con la suma de $ 1.568,04.-
2) Obra Social Para La Actividad Docente (O.S.P.L.A.D.): Con la suma de $ 3.152,16.-
3) Obra Social de los Empleados de Comercio y Actividades Civiles (O.S.E.C.A.C.): Con la suma de $ 5.055,92.-
d) QUIROGRAFARIOS (Públicos Nacionales):
1) Administración Federal de Ingresos Públicos (A.F.I.P.): Con la suma de $ 278.411,55.-
e) QUIROGRAFARIOS (Públicos Provinciales):
1) Aguas Rionegrinas S.A: Con la suma de $ 164,80.-
2) Dirección General de Rentas de la Provincia de Río Negro (D.G.R.): Con la suma de $ 181.718,14.-
IV) Que resta designar el comité provisorio de acreedores previsto en el art. 42, 2º párrafo de la L.C.Q., el que conforme se dispone en el citado artículo debe conformarse por: la Administración Federal de Ingresos Públicos, la Dirección General de Rentas y O.S.E.C.A.C.-
V) En virtud de lo resuelto precedentemente y de acuerdo a lo previsto por el art. 45 L.C.Q., corresponde fijar la audiencia informativa allí prevista.-
Por todo lo expuesto;
RESUELVO:
I.- Fijar definitivamente las categorías y los acreedores comprendidos en ellas, de conformidad con el considerando III.-
II.- Determinar que el comité provisorio de acreedores estará integrado por: la Administración Federal de Ingresos Públicos, la Dirección General de Rentas y O.S.E.C.A.C.-
III.- Fijar la audiencia informativa para el día 29 de ABRIL de 2.008 a las 10.00 horas.-
IV.- Ordenar que continúen los autos según su estado.-
V.- Regístrese, protocolícese y notifíquese.-
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Poder Judicial de Río Negro