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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 1334/97/5
Fecha: 2007-11-02
Carátula: KUCICH OMAR DOMINGO S/ SUCESION AB INTESTATO
Descripción: REVOCATORIA-HACE LUGAR
EXPTE Nº 1334/97/5
CARATULA: KUCICH OMAR DOMINGO S/ SUCESION AB INTESTATO
Viedma, noviembre de 2.007.-
Al escrito de fs. 480:
Agréguese.-
Previo a lo demás peticionado deberá cúmplir con lo dispuesto a fs. 371.-
Proveyendo a fs. 482:
Agréguese.-
Por interpuesto recurso de revocatoria contra la providencia de fs. 356.-
Atento el estado y constancias de autos, hágase saber al peticionante que es facultad de este Tribunal ordenar notificar las medidas de embargo que fueran trabadas en los presentes autos, ello a los fines de garatizar el debido derecho de defensa en juicio. Por otra parte, toda vez que la cédula de notificación obrante a fs. 481 carece de firma del letrado y siendo éste uno de los requisitos dispuesto en el art. 140 del C.Pr. nulifíquese la misma y notifíquese la medida en debida forma.
En su mérito, de conformidad con lo dispuesto precedentemente hágase lugar parcialmente a la revocatoria interpuesta y hágase saber a la peticionante que deberá, en su caso, ocurrir en los autos correspondientes.-
Proveyendo a fs. 483:
Agréguese.-
e.z
Alejandro J. E. Moldes
Juez
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Poder Judicial de Río Negro