Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: 31747III

N° Receptoría:

Fecha: 2007-11-02

Carátula: VEGA Juan Aurelio c/ZETTONE Ignacio N. y otros S/ Sumario

Descripción: a cedula

-3-

Zettone Norberto Ignacio

Dr. Eduardo Saint Martin

Italia 1508

GENERAL ROCA

Hago saber a Ud. que en autos cartatulados: “VEGA JUAN AURELIO C/ZETTONE IGNACIO N. Y OTROS S/SUMARIO” (31.747-III-98) que tramitan por ante este Juzgado N* III, a cargo de la Dra. Susana Teresa Burgos, Secretaría N* UNICA a cargo de la Dra. María del Carmen Villalba, sito en Avda. Roca 1.047 de General Roca, se le libra la presente cédula a fin de notificarle la providencia que dice: General Roca, 29 de octubre de 2007.- Informando la Actuaria en estos autos que la parte interviniente en el presente juicio no ha instado los procedimientos durante el término de SEIS meses, de conformidad con lo dispuesto por los arts. 310, 311 y 316 del CPC, declaro la caducidad de la instancia. Costas a la actora.-Regulo los honorarios del Dr. Oscar I. Pineda en $ ...200.... y Eduardo Saint Martin en $ .....300........ (MB: $ 6.500.-)Se deja constancia que en la merituación de los honorarios, se ha tomado en cuenta fundamentalmente la calidad de la actuación profesional, la extensión y complejidad de la causa, y el resultado obtenido a través de aquélla (art. 6, 6 bis, 7 y 20 ley 2212 RN).-Notifíquese y cúmplase con la Caja Forense. Glósese fs. 4.-Atento lo ordenado precedentemente devuélvase al Juzgado Civil Uno el expte VEGA JUAN AURELIO S/BENEFICIO DE LITIGAR SIN GASTOS" (355-I-98), dejándose las respectivas constancias.- -Fdo. Susana Teresa Burgos Juez.

QUEDA UD. DEBIDAMENTE NOTIFICADOS

General Roca, 02 de noviembre de 2007.-

...............................................

María del C. Villalba

Secretaria

-3-

CEDULA DE NOTIFICACION

Juan Aurelio Vega (actor)

Dr. Oscar Pineda

Avda. Roca 1.277, 2* piso ofc. 203 (CONSTITUIDO)

GENERAL ROCA

Hago saber a Ud. que en autos cartatulados: “VEGA JUAN AURELIO C/ZETTONE IGNACIO N. Y OTROS S/SUMARIO” (31.747-III-98) que tramitan por ante este Juzgado N* III, a cargo de la Dra. Susana Teresa Burgos, Secretaría N* UNICA a cargo de la Dra. María del Carmen Villalba, sito en Avda. Roca 1.047 de General Roca, se le libra la presente cédula a fin de notificarle la providencia que dice: General Roca, 29 de octubre de 2007.- Informando la Actuaria en estos autos que la parte interviniente en el presente juicio no ha instado los procedimientos durante el término de SEIS meses, de conformidad con lo dispuesto por los arts. 310, 311 y 316 del CPC, declaro la caducidad de la instancia. Costas a la actora.-Regulo los honorarios del Dr. Oscar I. Pineda en $ ...200.... y Eduardo Saint Martin en $ .....300........ (MB: $ 6.500.-)Se deja constancia que en la merituación de los honorarios, se ha tomado en cuenta fundamentalmente la calidad de la actuación profesional, la extensión y complejidad de la causa, y el resultado obtenido a través de aquélla (art. 6, 6 bis, 7 y 20 ley 2212 RN).-Notifíquese y cúmplase con la Caja Forense. Glósese fs. 4.-Atento lo ordenado precedentemente devuélvase al Juzgado Civil Uno el expte VEGA JUAN AURELIO S/BENEFICIO DE LITIGAR SIN GASTOS" (355-I-98), dejándose las respectivas constancias.- -Fdo. Susana Teresa Burgos Juez.

QUEDA UD. DEBIDAMENTE NOTIFICADOS

General Roca, 02 de noviembre de 2007.-

...............................................

María del C. Villalba

Secretaria

-3-

CEDULA DE NOTIFICACION

CAJA FORENSE

villegas 973

GENERAL ROCA

Hago saber a Ud. que en autos cartatulados: “VEGA JUAN AURELIO C/ZETTONE IGNACIO N. Y OTROS S/SUMARIO” (31.747-III-98) que tramitan por ante este Juzgado N* III, a cargo de la Dra. Susana Teresa Burgos, Secretaría N* UNICA a cargo de la Dra. María del Carmen Villalba, sito en Avda. Roca 1.047 de General Roca, se le libra la presente cédula a fin de notificarle la providencia que dice: General Roca, 29 de octubre de 2007.- Informando la Actuaria en estos autos que la parte interviniente en el presente juicio no ha instado los procedimientos durante el término de SEIS meses, de conformidad con lo dispuesto por los arts. 310, 311 y 316 del CPC, declaro la caducidad de la instancia. Costas a la actora.-Regulo los honorarios del Dr. Oscar I. Pineda en $ ...200.... y Eduardo Saint Martin en $ .....300........ (MB: $ 6.500.-)Se deja constancia que en la merituación de los honorarios, se ha tomado en cuenta fundamentalmente la calidad de la actuación profesional, la extensión y complejidad de la causa, y el resultado obtenido a través de aquélla (art. 6, 6 bis, 7 y 20 ley 2212 RN).-Notifíquese y cúmplase con la Caja Forense. Glósese fs. 4.-Atento lo ordenado precedentemente devuélvase al Juzgado Civil Uno el expte VEGA JUAN AURELIO S/BENEFICIO DE LITIGAR SIN GASTOS" (355-I-98), dejándose las respectivas constancias.- -Fdo. Susana Teresa Burgos Juez.

QUEDA UD. DEBIDAMENTE NOTIFICADOS

General Roca, 02 de noviembre de 2007.-

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María del C. Villalba

Secretaria

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