Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 0473/93/6

N° Receptoría:

Fecha: 2007-11-01

Carátula: TAPIA EDITH SUSANA C/ CONTIN NAZARIO RAUL S/ ORDINARIO

Descripción: constesta traslado-intima ratificar gestión

EXPTE. N° 0473/93/6

CARATULA: TAPIA EDITH SUSANA C/ CONTIN NAZARIO RAUL S/ ORDINARIO

Viedma, noviembre de 2007.-

A los escritos de fs. 948/949 y fs. 950:

Por presentado, parte en el carácter de gestor procesal. Hágase saber al profesional que deberá acreditar personería o ratificar la gestión en el plazo previsto por el art. 48 del C. Pr. y bajo el apercibimiento allí dispuesto.-

Por contestados los traslados conferidos a fs. 939.-

Proveyendo a fs. 951/952:

Por contestado el traslado conferido a fs. 946.-

Al escrito de fs. 953/954:

Por contestado el traslado conferido a fs. 946.-

Atento el estado de autos, previo a resolver el recurso de revocatoria interpuesto, y teniendo en cuenta lo dispuesto en el art. 48 del C. Pr., intímase al profesional interviniente para que dentro del plazo de 48 horas ratifique o acredite personería, bajo el apercibimiento previsto en la citada norma legal. Notifíquese.-

Alejandro J. E. Moldes

Juez

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