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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 36960
Fecha: 2007-11-01
Carátula: GIMENEZ Osvaldo c/MELARAGÑO Esteban y otro S/ Sumario
Descripción: vta despacho// Fija Preliminar
General Roca, 01 de noviembre de 2.007.-
Atento la normativa vigente, el presente trámite comenzará a regir bajo las normas del proceso ORDINARIO.-
Modifíquese la carátula y déjense las constancias respectivas.-
A los efectos previstos por el art. 361 del C.P.C., fíjase la audiencia del día 06 de marzo de 2008 a las 8,30 hs. a la que deberán comparecer las partes personalmente o excepcionalmente por apoderado ( art. 362 CPC.) y sus letrados.- Hágase saber a las partes que quedarán notificadas de toda resolución que se dicte en la audiencia, como asimismo que su incomparecencia injustificada se entenderá como reconocimiento de la verdad de los hechos pertinentes y lícitos proporcionados por la contrapartes y se aplicará una multa conforme lo dispuesto por el art. 37 in fine del C.P.C. con destino al servicio informático del Poder Judicial.- Notifíquese por Secretaria.-
Asimismo hágase saber a las partes que el plazo para el ofrecimiento de prueba vence CINCO días antes de la fecha fijada precedentemente.-
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
NOTA: De haberse dado cumplimiento. CONSTE.
JOSÉ A. VILLACORTA
Jefe de Despacho
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Poder Judicial de Río Negro