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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0151/2006
Fecha: 2007-10-31
Carátula: ROSSI NELSON GISLENO C/ MUNICIPALIDAD DE VIEDMA S/ SUMARIO
Descripción: CERTIFICACION Y CLAUSURA - AUTOS PARA ALEGAR
EXPTE. Nº 0151/2006.-
CARATULA: ROSSI NELSON GISLENO C/ MUNICIPALIDAD DE VIEDMA S/ SUMARIO.-
C E R T I F I C O : Que a la fecha se encuentra vencido el término probatorio e informo que se han producido las pruebas ofrecidas en los folios que se mencionan:
PARTE ACTORA:
PRUEBA ACTORA (Rossi)
DOCUMENTAL: Tiénese presente.-
INSTRUMENTAL: Los autos caratulados: "Campora Raul J. s/ Incidente de Ejecución de Honorarios en autos Alvarez Pablo N. c/ Diaz Rodolfo y otros s/ Sumario (Expte. 1006/96/2)", Expte. n° 513/98/2 reservado en Secretaría bajo registro R-12/06.-
INFORMATIVA: 1) Lider Automotores, Raúl Pfund y Rot Automotores a fs. 222, fs. 220 y 224, respectivamente. 2) Expreso El Vasquito S.A., Transporte Cruz del Sur S. A. y Full Trans Cooperativa de Transporte Ltda. a fs. 218, fs. 214 y fs. 210, respectivamente.-
TESTIMONIAL: De los sres. Tulio Gerardo Pazos, Enzo Emilio Menconi, Luis Alberto Mayor y José Vicente Silva a fs. 227, fs. 229, fs. 230 y fs. 231, respectivamente.-
PERICIA MECANICA: Se declaró la negligencia a fs. 246.-
PERICIA DE TASACION: Informe pericial a fs. 206.-
PRUEBA DEMANDADA (Municipalidad de Viedma):
DOCUMENTAL: Tiénese presente.-
INFORMATIVA: 1) Al Registro de Proveedores de la Provincia a fs. 272. 2) A la Dirección General de Rentas de la Municipalidad de Viedma desistida a fs. 189. 3) A la Dirección General de Rentas de la Provincia a fs. 274 y a la AFIP a fs. 262. 4) A la Dirección General de Rentas a fs. 263. 5) A la firma Enrique Digembauer desistida a fs. 189. 6) A Cristián Marich Automotores a fs. 276. 7) A la Dirección de Gestión de Recursos Humanos Municipal a fs. 273.-
TESTIMONIAL: De los sres. Enrique Digembauer desistida a fs. 189, Julio Argentino Barreno a fs. 280 y Roberto Vargas desistida a fs. 189.-
PERICIA DE TASACION: Informe pericial a fs. 206.-
INSPECCION OCULAR: Desistida a fs. a fs. 189.-
SECRETARIA, octubre de 2007.-
e.z
Ana Carolina Soccia
Secretaria
Viedma, octubre de 2007.-
Atento la certificación de la Actuaria, clausúrase el término probatorio y procédase conforme lo previsto por el art. 495 C.Pr. (t.o 2208). Notifíquese.-
A los fines de un mejor ordenamiento procesal fórmese segundo cuerpo a partir de fs. 200.-
e.z
Alejandro J. E. Moldes
Juez
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Poder Judicial de Río Negro