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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0392/2007
Fecha: 2007-10-31
Carátula: GONZALEZ VICTORICA DIEGO LUIS S/ HABEAS DATA
Descripción: CONSTESTA MEMORIAL
EXPTE Nº 0392/2007
CARATULA: GONZALEZ VICTORICA DIEGO LUIS S/ HABEAS DATA
Viedma, octubre de 2.007.-
1) Por contestado el traslado del memorial.-
2) Atento lo peticionado, la naturaleza de las actuaciones, lo resuelto en la sentencia de fs. 91/92 y teniendo en cuenta que el recurso interpuesto ha sido concedido con efecto devolutivo, intímase al Banco de la Provincia de Buenos Aires a dar cumplimiento con la sentencia dictada en el plazo de 48 horas, bajo apercibimiento de aplicar la suma de $ 100 en calidad de astreintes por cada día de retardo en el cumplimiento (art. 37 C.Pr.). Notifíquese.-
3) Atento el estado y constancias de autos, a los fines de formar la pieza prevista por el art. 250 inc. 1° del C.Pr., acompáñense copias certificadas de la Resolución y demás piezas correspondientes en el plazo de 48 horas y bajo el apercibimiento previsto en el mencionado artículo. Notifíquese por Secretaría (art. 135 inc. 6 C.Pr.).-
e.z
Alejandro J. E. Moldes
Juez
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Poder Judicial de Río Negro