Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 0693/2006

N° Receptoría:

Fecha: 2007-10-30

Carátula: RIO NEGRO FIDUCIARIA S.A. C/ ROSSI ANIBAL JAVIER Y OTROS S/ ORDINARIO

Descripción: CEDULA SECRETARIA ONELIA CEVOLI

C E D U L A

Señora: ONELIA CEVOLI

Domicilio: RIVADAVIA 65 (constituido)

Ciudad: VIEDMA

Hago saber a Ud., que en los autos caratulados: "RIO NEGRO FIDUCIARIA S.A. C/ ROSSI ANIBAL JAVIER Y OTROS S/ ORDINARIO ", Expte. Nº 0693/2006, que se tramitan por ante el Juzgado en lo Civil, Comercial y de Minería Nº 3 a cargo del Dr. Alejandro J. E. Moldes, Secretaría Unica, sito en calle Laprida Nº 292, 5to. Nivel de esta ciudad, se ha dictado la siguiente resolución: Viedma, septiembre 5 de 2.007.- ... Atento lo peticionado y existiendo hechos controvertidos que merecen ser objeto de comprobación, ábrase la presente causa a prueba. En consecuencia, a los fines previstos en el art. 361 del C.Pr. ..."Viedma, octubre de 2..007.- ... fíjase nueva audiencia a los mismos fines y efectos que la ordenada a fs. 309, para el día 13 de febrero de 2.008 a las 10:00 horas, a la que deberán comparecer las partes personalmente, munidas de sus documentos de identidad, con asistencia letrada, haciendo saber a las mismas que quedarán notificadas de todo lo que aconteciere en el acto y que su incomparecencia injustificada se entenderá como reconocimiento de la verdad de los hechos pertinentes y lícitos proporcionados por la contraparte, de conformidad con lo dispuesto en el art. 362 del C.Pr. y se le impondrá una multa con destino al servicio informático del Poder Judicial. Hágase saber que de conformidad con lo dispuesto en el art. 360 del C.Pr., las partes deberán ofrecer la prueba hasta 5 días antes de llevarse a cabo la audiencia preliminar. Notifíquese por Secretaría.- Fdo. Alejandro J. E. Moldes - Juez".-

QUEDA USTED DEBIDAMENTE NOTIFICADO

Viedma, de octubre de 2007.-

Ana Carolina Scoccia

Secretaria

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