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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 26059IV
Fecha: 2007-10-30
Carátula: BANCO BANSUD S.A. c/FRANCO Josefina E. y Otro S/ Ejecutivo
Descripción: oficio de embargo.préstamo Dr.Bertolino.-
//neral Roca, 30 de Octubre de 2007.-
Al punto I, téngase presente el bien denunciado a embargo a cuyo efecto y para su toma de razón líbrense los oficios a la instituciones bancarias mencionadas, todo ellos de la localidad de Villa Regina, haciendose efectiva la medida por la suma de $ 18.321 en concepto de capital con más la de $ 9000 calculados para intereses y costas, debiendose abstener en caso de tratarse de cuenta sueldo.-
Hágase saber al presenante que de hacerse efectivo el embargo en alguna de las instituciones bancarias indicadas, deberá abstenerse de la presentación de los oficios en las restantes.-
Los fondos embargados deberán ser depositados y/o transferidos al BANCO PATAGONIA SA sucursal General Roca a la orden del Tribunal y como pertenecientes a estos autos.-
Oportunamente, notifíquese a los accionados el embargo precedentemente ordenado.-
Al punto II, concédese el préstamo de las presentes actuaciones por el término de TRES DIAS.-
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
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Poder Judicial de Río Negro