include ('../head.inc'); ?>
Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0385/2004
Fecha: 2007-10-26
Carátula: PROVINCIA DE RIO NEGRO C/ CORTES ELDA ADELIA ASCENCION Y OTROS S/ ORDINARIO
Descripción: ABRE A PRUEBA
EXPTE. Nº : 0385/2004.-
CARATULA: PROVINCIA DE RIO NEGRO C/ CORTES ELDA ADELIA ASCENCION Y OTROS S/ ORDINARIO.-
Viedma, octubre de 2007.-
Tiénese presente.-
Teniendo en cuenta que la demandada María de las Mercedes Querejeta no ha concurrido a la audiencia fijada a fs. 171, de conformidad con lo dispuesto por el art. 362 del C. Pr., tiénesele por reconocida la documental acompañada por la parte actora que se le imputa y se encuentra reservada en Secretaría y que en copia obran a fs. 6, 10 y 13/15.-
Asimismo y con respecto a la prueba documental en poder de terceros solicitada por la parte demandada, toda vez que se advierte que dicho medio probatorio no guarda relación con los hechos ventilados en la presente acción, a la misma no ha lugar.-
Conforme el estado de autos y teniendo en cuenta el resultado de la audiencia prevista por el art. 361 del C. Pr. que da cuenta el acta obrante a fs. 176, provénase las pruebas ofrecidas por las partes, a saber:
PRUEBA ACTORA
DOCUMENTAL: Tiénese presente.-
INFORMATIVA: Al Correo Andreani para comprobar la autencidad de la carta documento y recibo obrante a fs. 24/26, a cuyo fin ofíciese.-
PERICIA CALIGRAFICA: Atento lo peticionado, desígnase perito calígrafo de las listas del Tribunal a la sra. Corina Raquel Dubosq, con domicilio en calle 5 nº 581 de Viedma, quien previo al desempeño de sus funciones deberá aceptar el cargo por ante la Actuaria dentro de los tres días de notificado, bajo apercibimiento de remoción. Notifíquese. La misma deberá expedirse sobre lo solicitado por la parte actora a fs. 30 sólo respecto a la demandada Patricia Elda Querejeta, debiendo presentar el informe pericial en el plazo de 15 días.-
PRUEBA DEMANDADA:
DOCUMENTAL: Tiénese presente.-
INSTRUMENTAL: Líbrense oficios a: 1) Tribunal de Cuentas de la Provincia de Río Negro a efectos que remita el Expte. nº 502-S-558-JR-99 y 2) Fiscalía de Investigaciones Administrativas de la Provincia, a efectos que remita el Expte. nº 229/95, en su caso, fotocopia certificada del mismo.-
PERICIA CALIGRAFICA: Estése a lo dispuesto en la prueba actora.-
PERICIA CONTABLE: A los fines de designar el perito contador que actuará en autos, fíjase audiencia para el día 06 de noviembre de 2.007 a las 10:30 horas. Notifíquese al Consejo Profesional de Ciencias Económicas.-
a.p.
Alejandro J. E. Moldes
Juez
<*****>
Poder Judicial de Río Negro