Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 0572/2006

N° Receptoría:

Fecha: 2007-10-26

Carátula: GALIANO MIGUEL C/ PAZOS GERARDO TULIO S/ EJECUTIVO

Descripción: EMB. SUELDO Y OFICIO BANCO

EXPTE. Nº: 0572/2006.-

CARATULA: "GALIANO MIGUEL C/ PAZOS GERARDO TULIO S/ EJECUTIVO".-

Viedma, octubre de 2.007.-

1.- Agréguense las boletas de depósito acompañadas y de los aportes efectuados, córrase vista a la Caja Forense.-

2.- Atento lo solicitado, trábese embargo en las proporciones de ley sobre los haberes que percibe el demandado, GERARDO TULIO PAZOS como empleado de la Municipalidad de Viedma hasta cubrir la suma de $ 2.705 en concepto de capital de sentencia, incluidos los honorarios, con más la suma de $ 470 presupuestado provisoriamente para responder a intereses, costas y costos de la ejecución. A tal fin, líbrese oficio al municipio mencionado precedentemente, haciéndole saber que la suma embargada deberá ser depositada en una cuenta judicial a nombre del suscripto y como perteneciente a estos autos en el Banco Patagonia S.A..-

3.- Asimismo y en mérito a lo ordenado precedentemente, líbrese oficio al Banco Patagonia S.A., a los fines de comunicarle que deberá entregar al Dr. Manuel Maza y/o Leandro Sferco a su sola presentación, los fondos que ingresen en la cuenta de autos hasta cubrir $ 280 por honorarios y la de $ 2.425 por capital, debiendo abonar primero la suma correspondiente a honorarios conforme lo dispone el art. 590 del C.P.C.C. e informar a este Tribunal en forma detallada, una vez finalizada la medida ordenada, debiendo estarse previamente a la vista ordenada en el punto 2.-

4.- Tiénese presente las personas autorizadas para diligenciar los oficios ordenados.-

a.p.

Alejandro J. E. Moldes

Juez

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