include ('../head.inc'); ?>
Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0866/99/6
Fecha: 2007-10-25
Carátula: CASTRO NORBERTO ELOY C/ MORALES MARIA NIEVES S/ EJECUTIVO
Descripción: CEDULA SECRETARIA
C E D U L A
Señor: MARIA NIEVES MORALES
Domicilio: Juan Gómez de la Pinta 282 (real denunciado)
Ciudad: CARMEN DE PATAGONES
Hago saber a Ud., que en los autos caratulados: "CASTRO NORBERTO ELOY C/ MORALES MARIA NIEVES S/ EJECUTIVO ", Expte. Nº 0866/99/6, que se tramitan por ante el Juzgado en lo Civil, Comercial y de Minería Nº 3 a cargo del Dr. Alejandro J. E. Moldes, Secretaría Unica, sito en calle Laprida Nº 292, 5to. Nivel de esta ciudad, se ha dictado la siguiente resolución: Viedma, octubre 25 de 2.007.- Agréguese. Hágase saber al demandado la existencia de saldo remanente a su favor. Notifíquese.- Fdo. Angela Clara Contreras Prosecretaria".-
Se hace saber que para la percepción del saldo remanente deberá comparecer al Juzgado munida de su documento de identidad.-
QUEDA USTED DEBIDAMENTE NOTIFICADO
Viedma, de octubre de 2007.-
Angela Clara Contreras
Prosecretaria
<*****>
Poder Judicial de Río Negro