Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 0599/2007

N° Receptoría:

Fecha: 2007-10-25

Carátula: BARITOLI DANIEL CELIO C/ AMBROSETTO SANDRA RAQUEL S/ ORDINARIO

Descripción: contesta demanda-presenta informe coadministradora

EXPTE. N° 0599/2007

CARATULA: BARITOLI DANIEL CELIO C/ AMBROSETTO SANDRA RAQUEL S/ ORDINARIO

Viedma, octubre de 2007.-

Al escrito de fs. 90/95:

Agréguese la documental acompañada.-

Por contestada la demanda en tiempo y forma. De la documental presentada, córrase traslado a la parte actora por el término de ley. Notifíquese.-

De lo manifestado y peticionado en el punto VI, córrase traslado a la parte actora por el término de ley. Notifíquese.-

Toda vez que la copia acompañada de presupuesto de honorarios carece de validez legal por ser fotocopia simple, devuélvase la misma a su presentante.-

Proveyendo a fs. 115/126:

Agréguese la documentación acompañada y tiénese por presentado el informe de la intervención judicial decretada en autos, póngase a observación de partes por el término de ley.-

Tiénese presente el pedido de regulación de honorarios, debiéndose estar a lo dispuesto en el art. 227 C.Pr..-

Alejandro J. E. Moldes

Juez

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