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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 37723
Fecha: 2007-10-25
Carátula: FLORES Nora Emilia y otros c/CHOILAO Anselmo S/ Acción de nulidad
Descripción: se ordenan oficiios//VTA DESPACHO
General Roca, 25 de octubre de 2007.-
Proveyendo a fs. 118: A los fines solicitados, líbrese oficio a la Camara Nacional Electoral de Capital Federal.-
Proveyendo a fs. 119: Líbrese oficio al Director General de Tierras y Colonias de Río Negro, Ministerio de la Producción, para que en el término de cinco días, dé cumplimiento con lo ordenado mediante oficio de fs. 94 y 99, bajo apercibimiento de lo dispuesto por el art. 399 del C.P.C.
A fin de que informen sobre lo requerido en el punto II, bajo apercibimiento de lo dispuesto por el art. 399 del C.PC. y en el término de veinte días, libre oficio ampliatorio al Sr. Juez de Paz de Cerro Policía.-
Se hace saber que la prueba faltante deberá estar producida antes de la audiencia del día 30 de octubre de 2007.-
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
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Poder Judicial de Río Negro