Proveído

Organismo: Camara de Apelaciones en lo Civil y Comercial

Ciudad: Bariloche

N° Expediente: 13897-070-06

N° Receptoría:

Fecha: 2007-10-25

Carátula: NAMOR PATRICIA ADRIANA / RIPOLL RAUL OSCAR S/ INCIDENTE ART. 250 CPCC

Descripción: Interlocutoria

CAMARA DE APELACIONES CIVIL

Y COMERCIAL IIIA. CIRCUNSCRIPCION

Expte. nº:13897-070-06

Tomo: 5

Interlocutoria:

Folio:

Secretario: dra. Alba Posse

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En la ciudad de San Carlos de Bariloche, Provincia de Río Negro, a los 25 días del mes de OCTUBRE de dos mil siete reunidos en Acuerdo los Señores Jueces de la CAMARA DE APELACIONES EN LO CIVIL, COMERCIAL Y DE MINERIA de la IIIa. Circunscripción Judicial; dres. Edgardo J. Camperi, Luis M. Escardó y Horacio Carlos Osorio, luego de haberse impuesto individualmente de esta causa caratulada: "NAMOR PATRICIA ADRIANA C/RIPOLL RAUL OSCAR S/INCIDENTE ART. 250 CPCC", expte. nro. 13897-070-06 (Reg. Cám.), y discutir la temática del fallo a dictar -de todo lo cual certifica la Actuaria-, los sres. Jueces emitieron su voto en el orden establecido en el sorteo practicado a fs. 57vta., respecto de la siguiente cuestión a resolver: ¿Qué pronunciamiento corresponde dictar?.

- - -A la cuestión planteada el dr. Camperi dijo:

- - - Vienen estos autos al acuerdo con motivo de la solicitud que a fs. 47, formulara la Defensora General Dra. Cora Hoffmann, en el sentido de que se regulen sus honorarios por la actuación en esta instancia.-

- - - Otorgando una respuesta a la inquietud que nos ocupa, creo que pueden determinarse los honorarios de la referida profesional en la suma de $ 162 (art. 14 de la ley arancelaria).-

- - - Con el alcance señalado, propongo hacer lugar a la solicitud que nos convoca.-

- - -A la misma cuestión el dr. Escardó dijo: Por razones análogas a las expresadas en su voto por el dr. Camperi, voto en el mismo sentido.

- - -A igual cuestión el dr. Osorio dijo: Atento la coincidencia de criterios de los sres. vocales preopinantes, me abstengo de emitir opinión (art. 271 CPCC).

- - -Por ello la CAMARA DE APELACIONES CIVIL Y COMERCIAL

- - -RESUELVE: I) REGULAR los honorarios de la Defensora General dra. Cora Hoffamnn en la suma de PESOS CIENTO SESENTA Y DOS ($ 162).

- - -II) REGISTRAR y protocolizar lo aquí resuelto, disponiendo que vuelvan los presentes a su instancia de origen para notificaciones y demás efectos.

LUIS MARIA ESCARDO EDGARDO JORGE CAMPERI HORACIO CARLOS OSORIO

Juez de Cámara Juez de Cámara Juez de Cámara

ANTE MI:

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Poder Judicial de Río Negro