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Proveído
Organismo: Camara de Apelaciones en lo Civil y Comercial
Ciudad: Bariloche
N° Expediente: 14366-204-07
Fecha: 2007-10-25
Carátula: LOPEZ ANTONIO ALBERTO / KINDER IRIS ETEL S/ DESALOJO
Descripción: Definitiva
CAMARA DE APELACIONES CIVIL
Y COMERCIAL IIIA. CIRCUNSCRIPCION
Expte. nº:14366-204-07
Tomo: 2
Sentencia
Folio:
Secretario: dra. Alba Posse
2
SAN CARLOS DE BARILOCHE, 25 DE OCTUBRE DE 2007
- - -VISTOS: Los autos caratulados: “LOPEZ ANTONIO ALBERTO C/KINDER IRIS ETEL S/DESALOJO”, expte. nro.14366-204-07 (reg.cám), luego de haberse impuesto individualmente de la causa los dres. Edgardo J. Camperi, Luis M. Escardó y Horacio Carlos Osorio, y discutir la temática del fallo a dictar -de todo lo cual certifica la Actuaria-;
- - -Y CONSIDERANDO: Que, concedida la apelación “libremente y en efecto suspensivo” (fs.34), puesta la causa en Secretaría a disposición de las partes (conf. art. 259 del CPCC) (fs.45) y notificada dicha resolución a fs.46 y 47, el recurrente no expresó agravios.
- - -Por ello la CAMARA DE APELACIONES CIVIL Y COMERCIAL
- - -RESUELVE: I) DECLARAR desierto el recurso de apelación interpuesto a fs.33 con costas.
- - -II) TENER por ratificada la gestión invocada por el dr. Marcelo Altschuller (fs. 49).
- - -III) NOTIFICAR lo aquí resuelto, disponiendo su registro, protocolización y oportunamente vuelvan a su instancia de origen.
HORACIO CARLOS OSORIO EDGARDO JORGE CAMPERI LUIS MARIA ESCARDO
Juez de Cámara Juez de Cámara Juez de Cámara
ANTE MI:
ANGELA ALBA POSSE
Secretaria de Cámara
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Poder Judicial de Río Negro