Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 0181/2007

N° Receptoría:

Fecha: 2007-10-24

Carátula: TAGLIANI ELSA NELIDA C/ ANTONELLI ANDREA MARISA Y OTRO S/ ORDINARIO

Descripción: PROVEE PRUEBA - FIJA AUDIENCIA ART. 368 DEL C.PR.

EXPTE. Nº 0181/2007

AUTOS: TAGLIANI ELSA NELIDA C/ ANTONELLI ANDREA MARISA Y OTRO S/ ORDINARIO

Viedma, octubre de 2.007.-

Atento al estado de autos y el resultado de la audiencia prevista por el art. 361 del C.Pr. que da cuenta el acta obrante a fs. 92 y vta., provéase la prueba ofrecida por las partes, a saber:

PRUEBA ACTORA (Elsa Nélida Tagliani)

DOCUMENTAL: Incorporada a la causa.-

RECONOCIMIENTO: Supeditado a informe pericial.-

INFORMATIVA: 1) De la Dirección de Transporte de la Municipalidad de Viedma para que informe tarifa aplicable al servicio de taxímetros a partir del 01-10-06 hasta la fecha de evacuar el informe, detallando precios de bajada de bandera y en razón de la distancia, informando el costo final de un viaje de 20 cuadras.- 2) De concesionaria Volkswagen de Bahía Blanca para que informe valor de plaza de una unidad Volkswagen Gacel, Sedán 4 puertas, año 1989, en buen estado de uso y conservación. Ofíciese.-

PERICIA ACCIDENTOLOGICA: Atento a lo peticionado, el estado de autos y a los fines de la realización de la pericia desígnase perito accidentologico al sr. Carlos Armando Riat, domiciliado en calle Carbajal 1585 de esta ciudad, quien deberá aceptar el cargo por ante la Actuaria dentro del tercer día de notificado y presentar la pericia dentro de los quince días subsiguientes, bajo apercibimiento de remoción. La misma se realizará en base a los puntos ofrecidos a fs. 23 y a fs. 83. Notifíquese.-

PERICIA MECANICA Y CHAPISTA: Atento lo acordado por las partes y a los fines de la realización de la pericia desígnanse como peritos a los sres. Omar Daniel Hollman, domiciliado en Maquinchao 156 de Viedma; y Miguel Carlos Romero, domiciliado en Sussini 284 de esta ciudad, quienes deberán aceptar el cargo por ante la Actuaria dentro del tercer día de notificados y presentar la pericia, la que realizarán en conjunto, dentro de los 15 días subsiguientes, bajo apercibimiento de remoción. La misma se realizará en base a los puntos ofrecidos a fs. 22 vta./23, 44 vta., 65, 83, 85 vta.. Notifíquese.-

PRUEBA DEMANDADA (Andrea M. Antonelli y Rodolfo E. Cruzado):

DOCUMENTAL: Incorporada a la causa.-

RECONOCIMIENTO: Supeditado a informe pericial.-

PERICIA MECANICA Y CHAPISTA: Estése a lo dispuesto en la prueba de la parte actora.-

PRUEBA CITADA EN GARANTIA:

DOCUMENTAL: Incorpórese impresión del valor del vehículo extraído de la página de Internet www.demotores.com.ar. o similar.-

PERICIA MECANICA Y CHAPISTA: Estése a lo dispuesto en la prueba de la parte actora.-

A los fines previstos en el art. 368 del C.Pr., fíjase audiencia para el día 21 de febrero de 2.008 a las 9.30 horas, a la que deberán comparecer las partes personalmente, con asistencia letrada, y en la que deberán comparecer a prestar declaración testimonial los Sres. Daniel Santa Cruz, Julio Alejandro Benítez, Marcelo Daniel Spósito y Arnoldo Fernández Sánchez Ayala, bajo apercibimiento de lo dispuesto en el art. 431 del C.Pr., a cuyo fin señalase la audiencia supletoria del día 27 del mismo mes y año a las 11.00 horas. Los testigos deberán comparecer debidamente documentados. Notifíquese con transcripción del apercibimiento dispuesto por el art. 431 del C.Pr..-

R.B.

Alejandro J.E. Moldes

Juez

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