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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0696/93/6
Fecha: 2007-10-23
Carátula: PICICCO ARCANGELO C/ SEITUNE SAADIN JULIAN Y OTRO S/ EJECUTIVO
Descripción: EMBARGO DINERO A PERCIBIR
EXPTE. No.: 0696/93/6
CARATULA:PICICCO ARCANGELO C/ SEITUNE SAADIN JULIAN Y OTRO S/ EJECUTIVO
Viedma, octubre de 2007.-
Atento lo solicitado y constancias de autos (fs. 40), levántese el embargo decretado a fs. 38.-
De conformidad a lo solicitado, trábese embargo sobre las sumas de dinero que tenga a percibir el demandado Saadin Julián Seitune de la empresa Luciano S.A. hasta cubrir la suma de $ 7.768,34 en concepto de capital de sentencia, incluidos los honorarios, con más la suma de $ 22.963 presupuestada provisoriamente para responder a intereses, costas y costos de la ejecución. A tal fin, líbrese oficio a la institución mencionada precedentemente, haciéndole saber que la suma embargada deberá ser depositada en una cuenta judicial a nombre del suscripto y como perteneciente a estos autos en el Banco Patagonia S.A.. Tiénese presente la persona autorizada para diligenciar el oficio ordenado.-
Alejandro J. E. Moldes
Juez
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Poder Judicial de Río Negro