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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 37819
Fecha: 2007-10-18
Carátula: BAEZA Carmen C/HOSPITAL Francisco López Lima y Otros S/ Ordinario
Descripción: Acta y PRUEBA
Autos: "BAEZA Carmen C/HOSPITAL Francisco López Lima y Otros S/ Ordinario" (Expte. Nro. 37819)- Juzgado Civil III
En la ciudad de General Roca, provincia de Río Negro, siendo 18 de octubre de 2007 , a las 9 horas, comparecen ante S.S. y ante mí Secretaria Autorizante a la audiencia prevista para el día de la fecha, Sr. ENRIQUE JOSE NOCCIOLI con el patrocinio del Dr. Miguel Parra Segura, y el Dr. Roberto Juan Vázquez como apoderado de la PROVINCIA DE RIO NEGRO. Abierto el acto, y luego de un intercambio de opiniones las partes manifiestan que no hay posibilidades de llegar a un acuerdo en esta instancia manteniendose en las posiciones que fijaron al momento de trabarse la litis, lo que se tiene presente y en razón de ello, se abre el juicio a prueba hasta la fecha de la audiencia de prueba la que se fija para el día 19 de FEBRERO de 2008 a las 8:30 horas de lo que quedan las partes notificadas en este acto. Se fijan los hechos sobre los cuales deberá versar la prueba específicamente será el que se dirija a demostrar si la fractura de cadera de la Sra. Baeza se produce antes o después del ingreso al hospital de esta ciudad, así como la oportunidad de la ocurrencia del hecho. Proveyendo la prueba ofrecida por la actora a fs. 22/23 y 67, a la DOCUMENTAL Téngase presente; a la CONFESIONAL la parte actora desiste de la confesional de las reparticiones que menciona a fs. 67 por cuanto los representantes de dichos organismos no tienen conocimiento del hecho; a la INFORMATIVA a EMERGENCIAS, CLINICA ROCA, HOSPITAL LOPEZ LIMA, SANATORIO JUAN XXIII, SECRETARIA TRABAJO RN, líbrense oficios a las entidades ofrecidas a fin de que informen en el término de veinte días (las públicas y privadas) bajo apercibimiento de lo dispuesto por el art. 399 del CPC, aclarándose que la remisión de la historia clínica solicitada al Hospital se desiste por estar glosada en autos una fotocopia certificada por la Directora del Hospital, la informativa a Secretaria Trabajo está dirigida a demostrar el costo que puede devengar la persona que esté al cuidado de la actora; para la TESTIMONIAL de ESTHER OLGA GARMENDIA, ANITA NELIDA WHEELER, LEONOR JASMIN ABRAHAM, BLAS VITTORE, CARLOS A. FIGUEROA y Dr. GOROSITO, respecto de este último se conceden dos días para que la parte actora denuncie el nombre del mismo, fíjase la audiencia del 19 de FEBRERO de 2008 a las 8:30 horas, bajo apercibimiento de ser traídos por la fuerza pública a la audiencia supletoria que se fije oportunamente a pedido de parte. Notifíquese con transcripcion del art. 431 del CPC, a cuyo efecto líbrense cédulas. A la PERICIAL MEDICA (traumatólogo), desígnase perito al Dr. NESTOR ANDRADA, con domicilio en 9 de Julio 1425 de esta ciudad, quien deberá aceptar el cargo dentro del tercer día de notificado y expedirse sobre los puntos de pericia en el término de QUINCE días de la aceptación del cargo, todo ello bajo apercibimiento de remoción. Notifíquese, a cuyo efecto líbrese cédula. Proveyendo la prueba ofrecida por la demanda a fs. 55, a la DOCUMENTAL, téngase presente; a la CONFESIONAL de CARMEN BAEZA, estése a la audiencia fijada precedentemente para el 19 de FEBRERO de 2008 a las 8:30 horas, quien deberá comparecer bajo apercibimiento de ser tenida por confeso en caso de incomparecencia injustificada, y quedando notificada en este acto.- A la TESTIMONIAL de PABLO BLASON, VICTOR LIPOVETZKY, PABLO GABETTA, DANIEL PISON, MONICA QUESADA, fíjase la audiencia del día 19 de FEBRERO de 2008 a las 8:30 horas, bajo apercibimiento de ser traídos por la fuerza pública a la audiencia supletoria que se fije oportunamente a pedido de parte. Notifíquese con transcripcion del art. 431 del CPC, a cuyo efecto líbrense cédulas. A la PERICIAL MEDICA (Traumatólogo) estése a la designación y condiciones ya fijadas del Dr. Néstor Andrada, en la prueba de la parte actora. Se aclara que en caso de haber pedido de explicaciones, el perito deberá comparecer a la audiencia del 19 de Febrero de 2008 a las 8.30 horas. No siendo para más se da por terminado el acto, entregando copia a los presentes, firmando los comparecientes previa lectura y ratificación por ante mi que doy fe.-
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Poder Judicial de Río Negro