include ('../head.inc'); ?>
Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 1240/2002
Fecha: 2007-10-17
Carátula: MANGANO ALBERTO ANGEL C/ BANCO HIPOTECARIO S.A. S/ ORDINARIO
Descripción: DETERMINA SALDO PRESTAMO
EXPTE. N° 1240/2002
CARATULA: MANGANO ALBERTO ANGEL C/ BANCO HIPOTECARIO S.A. S/ ORDINARIO
Viedma, octubre de 2007.-
Por devueltos. Agréguese la media carátula.-
Tiénese presente el informe presentado.-
Atento el estado de autos y constancias de la causa, teniendo en cuenta lo expresado en la sentencia dictada a fs. 307/317 y la modificación efectuada por la Cámara de Apelaciones a fs. 363/369, la suma que el actor adeudaba al banco demandado ascendía a $ 8.039,46 a lo que se debe descontar la quita de $ 6.953,91, lo que arroja un saldo de $ 1.085,55, faltando además 34 cuotas del préstamo original, es decir la suma de $ 7.706,44 que sumado a lo anterior asciende a $ 8.791.99 y que el actor ha abonado con posterioridad la suma de $ 2.356,51 según surge del informe del perito contador, corresponde en este estado establecer que el actor adeuda a la entidad bancaria demandada la suma de $ 6.435,48, la que deberá ser abonada en 29 cuotas iguales y consecutivas de $ 221,92 del 1° al 10 de cada mes, conforme lo dispuesto en el considerando 5° de la sentencia de primera instancia. Notifíquese.-
Alejandro J. E. Moldes
Juez
<*****>
Poder Judicial de Río Negro