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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0708/2007
Fecha: 2007-10-17
Carátula: ANTENAO NANCY MABEL C/ RODRIGUEZ RAUL S/ FILIACION S/ EJECUCION DE ASTREINTES
Descripción: JUEZ SE DECLARA INCOMPETENTE - REMITE JUZG. FAMILIA
EXPTE. Nº : 0708/2007.-
CARATULA: "ANTENAO NANCY MABEL C/ RODRIGUEZ RAUL S/ FILIACION S/ EJECUCION DE ASTREINTES".-
Viedma, octubre de 2006.-
I.- Por presentada, parte y domiciliada. Agréguese la documental acompañada.-
II.- Toda vez que las astreintes que se pretenden ejecutar no se encuentran comprendidas en las disposiciones del art. 56 inc. 1º "c" de la Ley 2430 (Ley Orgánica del Poder Judicial) ni dentro de la competencia asignada a los Jueces Civiles y Comerciales de Primera Instancia mediante la Acordada 75/03, que sólo refieren a "ejecuciones de sentencias y honorarios" y a "ejecución de honorarios y costas", respectivamente, corresponde entender, conforme las disposiciones del art. 6, inc. 1° y 501, ambos del C.Pr., que este Juzgado no es competente para tramitar la ejecución de las astreintes planteada.-
A mayor abundamiento y en apoyo de lo expuesto, cabe señalar que la naturaleza juridica de las astreintes (conf. arts. 37 del C.Pr. y 666 bis del C.C.) es de una particularidad tal que permite su modificación o reajuste posterior, de acuerdo a las circunstancias del caso, obviamente, por medio del Juez que las dispuso.-
En su mérito, declárome incompetente para su tramitación y en consecuencia, remítanse las mismas al Juzgado de Familia y Sucesiones Nº 5. Sirva la presente de atenta nota de remisión.-
Alejandro J. E. Moldes
Juez
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Poder Judicial de Río Negro