Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 0685/2003

N° Receptoría:

Fecha: 2007-10-16

Carátula: OTERO ILEANA RAQUEL C/ RODRIGUEZ ADEMAR JORGE S/ EJECUTIVO

Descripción: SUBASTA INMUEBLE

EXPTE. N°: 0685/2003.-

CARATULA: "OTERO ILEANA RAQUEL C/ RODRIGUEZ ADEMAR JORGE S/ EJECUTIVO".-

Viedma, octubre de 2.006.-

Tiénese presente lo manifestado.-

Atento lo peticionado, procédase a la subasta judicial de los siguientes bienes embargados:

1) 100 % del Lote 6, parte del Lote 6 de la Chacra 109, ubicada en la zona subrural de Villa Regina, inscripto al Tº 577 Fº 203 Fca. 10.472, Matrícula Nro. 06-7251, Nomenclatura Catastral 06 C1 SH Mz. 004 P 03, con la base de $ 76.602,42.

2) 100 % de la Fracción parte Sud del Lote 6 y Lote 7 de Chacra 109, ubicada en la zona subrural de Villa Regina, inscripto al Tº 577 Fº 203 Fca. 78.854, Matrícula Nro. 06-7250, Nomenclatura Catastral 06 C1 SH Mz 004 P 06, con la base de $ 32.728,99.

3) 100 % del Lote 7, parte del Lote 6 de la Chacra 109 zona subrural de Villa Regina, inscripto al Tº 577 Fº 203 Fca. 10.473, Matrícula Nro. 06-7254, Nomenclatura Catastral 06 C1 SH Mz 004 P 02, con la base de $ 103.229,23.

4) 1/6 indivisa del Lote 13A de la Mz 332 ubicada en la zona urbana de Villa Regina, inscripto al Tº 415 Fº 210 Fca. 71.276, Nomenclatura Catastral 06 01 332 13A, con la base de $ 7.610,06.

5) 100 % del inmueble designado catastralmente 05 C3 SE CHACRA 003 P05, ubicada en la zona subrural de Mainqué, inscripto al Tº 919 Fº 191 Fca. 165700, con la base de $ 37.085.

6) 100 % del inmueble designado catastralmente 05 C3 SE CHACRA 003 P06, ubicada en la zona subrural de Mainqué, inscripto al Tº 919 Fº 191 Fca. 165701, con la base de $ 37.085.

7) 100 % del inmueble designado catastralmente 05 C3 SE CHACRA 003 P07, ubicada en la zona subrural de Mainqué, inscripto al Tº 919 Fº 191 Fca. 165702, con la base de $ 37.085.

8) 100 % del inmueble designado catastralmente 05 C3 SE CHACRA 003 P08, ubicada en la zona subrural de Mainqué, inscripto al Tº 919 Fº 191 Fca. 165703 o 77080, con la base de $ 41.647,08

Por intermedio del martillero sr. Salvador Daniel Sánchez que en este acto se designa, quien deberá aceptar el cargo por ante la Actuaria, dentro del tercer día de notificado, bajo apercibimiento de remoción. El mismo deberá informar detalladamente al Juzgado sobre las condiciones físicas y de ocupación del inmueble y proponer con suficiente anticipación la fecha y lugar de realización de la subasta para su aprobación si correspondiere. Póngaselo en posesión del bien librándose los respectivos mandamientos, el que será diligenciado por el martillero en su carácter de Oficial de Justicia "ad-hoc". Oportunamente procederá a llevar a cabo su cometido en la forma de práctica, conforme las siguientes condiciones de venta: 10 % del precio al momento de la subasta, y el saldo restante dentro de los 5 días de aprobada la misma. Comisión del martillero (3 %) a cargo del comprador (art. 27 inc. a Ley 2.051). Venta sujeta a aprobación judicial. Asimismo exigirá a quien o quienes resulten compradores, la constitución del domicilio procesal en el radio del Juzgado conforme el art. 40 del C.Pr, bajo apercibimiento que las sucesivas providencias se le darán por notificadas automáticamente en la forma y oportunidad previstas por el art. 133 del Código citado. En caso de adquisición por comisión, el comprador deberá indicar dentro del tercer día de realizada la subasta, el nombre de su comitente, en escrito firmado por ambos, debiendo el mismo constituir domicilio en esa presentación, conforme lo dispuesto en el art. 571 del C.Pr. bajo el apercibimiento establecido en el mismo. El martillero depositará las sumas percibidas y rendirá cuentas dentro de los 3 días de realizado el remate, bajo apercibimiento. Publíquense edictos por un (1) día en el Boletín Oficial y por dos (2) días en el diario "Río Negro" haciéndose constar que todas las deudas del inmueble serán a cargo del comprador a partir de quedar firme la aprobación de la subasta judicial (arts. 563, 564, 565, 566, 572, y ssgtes. y art. 578 del C.P.C.C.).-

Previo a todo, cítese a los acreedores hipotecarios de los bienes embargados para que dentro del tercer día presenten su título conforme surge del informe glosado a fs. 162, 165, 168 y 173 y notifíquese de la subasta a los jueces embargantes e inhibientes que surgen de los informes glosados a fs. 162, 165, 168, 175, 177, 179, 181, 184 y 185 (art. 575 del C.Pr.).-

a.p.

Alejandro J. E. Moldes

Juez

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