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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 34139III
Fecha: 2007-10-11
Carátula: CREDIL S.R.L. C/VENTURA Vargas Pedro S/ Ejecutivo
Descripción: se agrega.-
//neral Roca, 11 de octubre de 2007.-
Al punto 1, agréguese el cheque librado en autos sin percibir y anúlese el mismo.-
Al punto 2, agréguese.-
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
En la fecha se dio cumplimiento con lo ordenado.CONSTE.-
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Poder Judicial de Río Negro