Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: 37764

N° Receptoría:

Fecha: 2007-10-10

Carátula: FANTINI Ricardo Jorge S/ Beneficio de Litigar sin Gastos

Descripción: Se presenta futuro demandado//acta

//neral Roca, 10 de OCTUBRE de 2007.=

Proveyendo el escrito de fs.60:Por presentado, en mérito del poder adjuntado, parte y con domicilio.

Proveyendo la prueba ofrecida por la Demandada:

INFORMATIVA: a fin de que informen sobre lo requerido, en el plazo de veinte días, líbrese oficios a las entidades mencionados, bajo apercibimiento del art. 399 del CPC.

A la intimación solicitada, no ha lugar estése a las constancias que surgen de autos.

Proveyendo el escrito de fs.64, agréguese y téngase presente.-

Dra. SUSANA TERESA BURGOS

JUEZ

En General Roca Provincia de Río Negro, siendo las 9,30 gs. del día 10 de octubre de 2007, comparece a la audiencia fijada en autos una persona citada quien previo juramento de decir verdad dijo ser y llamarse: LEIROS HUEBRA D.N.I. 8.210.451, argentino, mayor de edad, casado, agropecuario, domiciliado actualmente en General Pacheco 1.267 de Choele Choel. Abierto el acto manifiesta que conoce al Sr. Fantini desde hace treinta años, son amigos y él estaba casado con una prima del testigo, actualmente no a los futuros demandados no los conoce, exhibida la documentación de fs. 49 manifiestó que si una firma puesta al pie del mismo le pertenece, está la firma de Fantini, la del Testigo, está la firma de la Sra. de Fantini y de la SRa. del Testigo, el contenido es cierto, el testigo selló el boleto. No siendo para más se da por finalizado el acto, firmando los comparecientes previa lectura y ratificación por ante mi que doy fe.-

Dra.MARIA DEL CARMEN VILLALBA Secretaria

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Poder Judicial de Río Negro