Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: 35588

N° Receptoría:

Fecha: 2007-10-09

Carátula: LONCOMAN Miguel C/MARTIN Sonia M.y otro S/ Sumario

Descripción: cert.prueba.Vta.Desp.Modif.Caratula.-

//neral Roca, 09 de Octubre de 2007.-

Por presentado en el carácter invocado (art.48 del CPC), gestión que deberá ser ratifica.-

Atento la entrada en vigencia del nuevo código procesal, el presente trámite comenzará a regir por las normas del PROCESO ORDINARIO (Art.319 del CPC).-

Modifíquese la carátula y el libro respectivo.-

Certifique la Actuaria.-

Dra. SUSANA TERESA BURGOS

JUEZ

Sra.Juez:

CERTIFICO:Que el término de producción de prueba se encuentra vencido, restando aún producir de la oportunamente ofrecida por la parte actora:INFORMATIVA:Al Hospital Francisco López Lima con asiento en esta ciudad.-

SECRETARIA, 09 DE OCTUBRE DE 2007.-

Dra.MARIA DEL CARMEN VILLALBA Secretaria

//neral Roca, 09 de Octubre de 2007.-

De la certificación que antecede, vista a las partes.-

Al pedido de clausura del período probatorio, oportunamente y estése a la certificación de prueba realizada precedentemente.-

Dra. SUSANA TERESA BURGOS

JUEZ

Nota:De haberse dado cumplimiento con lo ordenado.CONSTE

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Poder Judicial de Río Negro