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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 1020/01/5
Fecha: 2007-10-08
Carátula: CANTERA ELVIO VICENTE Y OTRO C/ POMPILIO ALFREDO OSVALDO Y OTRA S/ SUMARIO (DAÑOS Y PERJUICIOS)
Descripción: AGREGUESE. DEVUELVASE
EXPTE. Nº 1020/01/5
CARATULA: CANTERA ELVIO VICENTE Y OTRO C/ POMPILIO ALFREDO OSVALDO Y OTRA S/ SUMARIO (DAÑOS Y PERJUICIOS)
Viedma, octubre de 2.007.-
Agréguese el escrito presentado.-
Habiendo sido remitidos por error los presentes autos, toda vez que los mismos oportunamente fueron enviados al Juzgado en lo Civil y Comercial N° 2 de la ciudad de Tres Arroyos, Departamento Judicial de Bahía Blanca, para su radicación definitiva de acuerdo con lo dispuesto en el art. 21 inc. 1 y 2 de la L.C.Q. (conf. fs. 153 el día 27/12/2004) y no siendo necesarios en este Tribunal, vuelvan las actuaciones al Juzgado donde tramita la quiebra en cuestión, a sus efectos. Ofíciese.-
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Poder Judicial de Río Negro