Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: 36550

N° Receptoría:

Fecha: 2005-08-23

Carátula: TROPEANO Dario Antonio c/SUC. DE GURUTUBAY Humberto S/ Ejecutivo

Descripción: traslado martillero.-//a cédula

|El 23/08/05 cedula notificando sentencia Art.508).-

//neral Roca, 23 de Agosto de 2005.-

Del martillero propuesto, traslado a los accionados.-

Acompañese las condiciones de dominio, gravamen e inhibiciones del inmueble embargado a fs. 25.-

Acompáñese los respectivos certificados de deudas del inmueble embargado a cuyo efecto líbrense oficios a las reparticiones correspondientes (Municipalidad, Direccion General de Rentas y Aguas Rionegrinas).-

Intímese a los accionados para que dentro del término de tres dias de notificado acompañen el título de propiedad del inmueble embargado, todo ello bajo apercibimiento de obtener testimonio notarial a su costa.-NOT.-

Dra. SUSANA TERESA BURGOS

JUEZ

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Poder Judicial de Río Negro