Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 0403/2006

N° Receptoría:

Fecha: 2007-10-05

Carátula: ZARRABEITIA DORA LEONOR Y OTROS C/ ESCANDELL ALBERTO RAFAEL S/ USUCAPION

Descripción: CEDULA DE SENTENCIA

C E D U L A

Señor: Dora Leonor Zarrabeitia-Francisca Alejandra Oyon-María Gimena Oyón-Jorgelina Oyón-Jorge Andrés Oyón (Dres. Sacchetti-Volonte)

Domicilio: Irigoyen 290 1° Piso of. B (const)

Ciudad: Viedma

Hago saber a Ud., que en los autos caratulados: "ZARRABEITIA DORA LEONOR Y OTROS C/ ESCANDELL ALBERTO RAFAEL S/ USUCAPION", Expte. Nº 0403/2006, que se tramitan por ante el Juzgado en lo Civil, Comercial y de Minería Nº 3 a cargo del Dr. Alejandro J. E. Moldes, Secretaría Unica, sito en calle Laprida Nº 292, 5to. Nivel de esta ciudad, se ha dictado la siguiente resolución: "Viedma, octubre 3 de 2.007.- Y VISTOS: ... Y CONSIDERANDO: ... RESUELVO: I. Hacer lugar a la acción interpuesta a fs. 159/163 declarando adquirido por prescripción a favor de los sres. Francisca Alejandra Oyón, María Gimena Oyón, Jorgelina Oyón, Jorge Andrés Oyón, Dora Leonor Zarrabeitía y Ana Laura Oyón, en partes iguales, el dominio del inmueble designado catastralmente como NC: 18-1-A-519-29, inscripto al T° 467, Fº 63, F° 99268, sito en la calle Colón 1166 de la ciudad de Viedma.-II. Imponer las costas a la parte demandada (art. 68 C. Pr.) y posponer la regulación de honorarios hasta que se determine el monto del asunto (art. 23 L.A.).-III. Oportunamente, a fin de la toma de razón de la presente y de acuerdo a lo dispuesto en el art. 792 del C. Pr., líbrese oficio al Registro de la Propiedad Inmueble.-IV. Regístrese, protocolícese y notifíquese.- Fdo. Alejandro J. E. Moldes Juez".-

QUEDA USTED DEBIDAMENTE NOTIFICADO

Viedma, octubre de 2.007.-

Ana Carolina Scoccia

Secretaria

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