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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 37881
Fecha: 2007-10-04
Carátula: LAVIN Teresa del Carmen c/NICCOLO Humberto y Otra S/ Ordinario
Descripción: Acta Preliminar//PRUEBA//Provid.
Autos: "LAVIN Teresa del Carmen c/NICCOLO Humberto y Otra S/ Ordinario" (Expte. Nro. 37881)- Juzgado Civil III
En la ciudad de General Roca, provincia de Río Negro, siendo 4 de octubre de 2007 , a las 9 horas, comparecen ante S.S. y ante mí Secretaria Autorizante a la audiencia prevista para el día de la fecha, la Srta. Yessica del Carmen Anaya y Teresa del Carmen Lavin con el patrocinio letrado del Dr. Claudio Lopez, el Dr. Rubens Hiza Vilaen representación del demandado Humberto Niccolo y el Dr. Mauricio Miguel Benitez, apoderado de la aseguradora Horizonte ARgentina de Seguros Generales S.A. Abierto el acto, y luego de un intercambio de opiniones no se llega a ningún tipo de conciliación en esta instancia por lo que se abre el juicio a prueba hasta la fecha de la audiencia de prueba la que se fija para el día 12 de FEBRERO de 2008 a las 8.30 horas de lo que quedan las partes notificadas en este acto. En esta instanciaatento la discrepancias que surgieron durante el proceso sobre la póliza de seguro cuya copia obra a fs. 51/8, el representante de la cia. de seguros manifiesta que la reconoce y que por una inadvertencia en su momento se manifestó de su inexistencia, dilucidada esa cuestión las partes desisten de la pericial contable; asimismo reconocidas las cartas documento por ambas partes la parte actora desiste de la informativa a Correo Argentino.Respecto del acta policial agregada a fs. 13, certificados de Dres.Aroca y Bassi la parte demandada manifiesta que desconoce su contenido y no la autenticidad de su existencia por lo tanto se desiste de la informativa a la Comisaría 21 de Gral, . Roca, y a los dres. mencionados precedentemente. Proveyendo la prueba ofrecida por la parte actora a fs. 26 y 111, a la DOCUMENTAL: Téngase presente;a la CONFESIONAL Para la absolución de posiciones de Humberto Niccolo estése a la audiencia de prueba fijada precedentemente a la que deberá comparecer bajo apercibimiento de tenerlo por confeso en caso de incomparecencia injustificada, quedando notificado en este acto; a la INFORMATIVA: Para que informen sobre lo requerido en el término de veinte días, bajo apercibimiento de lo dispuesto por el art. 399 del C.P.C., líbrese oficio al Hospital Francisco Lopez Lima, Al Consejo Nacional del Salario, a Adanil y al puesto periférico del Barrio 250 viviendas; a la PERICIAL CALIGRAFICA: queda desistida en base a los reconocimientos ya mencionados; a la TESTIMONIAL Para la declaración testimonial de Pablo Alberto Castillo, Margot Elizabeth Paillalef, Sandro Enrique Huentemil y Elbio Daniel Flores, fíjase como primera audiencia la indicada precedentemente (12/febrero/08 a las 8.30 horas), bajo apercibimiento de ser traídos por la fuerza pública a la audiencia complementaria que se fijará oportunamente y a petición de las partes. Notifíquese con transcripción del art. 431 CPC a cuyo efecto líbrense cédulas; respecto de la pericial psicologica la parte demandada y aseguradora manifiestan total desinterés; a las PERICIALES: Desígnase perito PSICOLOGA a con domicilio en Pasaje Pasteur 1893 de esta ciudad, como perito SOCIOAMBIENTAL a PATRICIA SANCHEZ con domicilio en Aramburu 229 de esta ciudad,como PERITO MEDICO a DANIEL R. AMBROGGIO con domicilio en Alsina 459 de esta ciudad, quienes aceptarán el cargo dentro del tercer día de notificado y procederán a llevar adelante su cometido en el término de quince días, bajo apercibimiento de remoción. Not.-Proveyendo la prueba ofrecida por Horizonte Compañia Argentina de Seguros Generales S.A. (fs. 47), a la CONFESIONAL Para la absolución de Teresa del Carmen Lavin estése a la audiencia fíjada precedentemente (12/feb/08 a las 8.30 horas) a la que deberá comparecer bajo apercibimiento de ser tenida por confesa en caso de incomparecencia injustificada, quedando notificada en este acto; a la DOCUMENTAL EN PODER DE LAS PARTES: se desiste atento la aclaración formulada en esta audiencia.
Proveyendo la prueba de la demandada Humberto Nicolo (fs. 75 vta.),
a la CONFESIONAL: se desiste en este acto. a la DOCUMENTAL: Téngase presente.- No siendo para más se da por terminado el acto, entregando copia a los presentes, firmando los comparecientes previa lectura y ratificación por ante mi que doy fe.-
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
//neral Roca, 04 de OCTUBRE de 2007.-
Advirtiéndose en este acto que en el acta que antecede se ha omitido el nombre de la perito sicóloga designada, aclárese que la misma es GABRIELA CASARIEGO que se domicilia en Pasaje Pasteur 1983 como se indica en el acta.-
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
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Poder Judicial de Río Negro