Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: 35092

N° Receptoría:

Fecha: 2007-10-04

Carátula: DIRECCION GRAL. RENTAS C/PARDO Gregorio S/ Ejecutivo

Descripción: Sen.TRANCE

//neral Roca, 4 de OCTUBRE de 2007.=

AUTOS Y VISTOS: Para dictar sentencia en éstos autos caratulados "DIRECCION GRAL. DE RENAS C/PARDO GREGORIO S/EJECUTIVO" (Expte. 35.092-III-02),

No habiendo la parte demandada opuesto excepciones legítimas dentro del término legal que se encuentra vencido según informa la actuaria en este acto, désele por perdido el derecho que ha dejado de usar.-

Por ello, con lo pedido y lo dispuesto por el art. 531 del CPC,

FALLO: Esta causa de trance y remate, mandando llevar adelante la ejecución, hasta tanto el ejecutado:

GREGORIO PARDO ............................ haga al acreedor DIRECCION GENERAL DE RENTAS..............., íntegro pago del capital reclamado de $ 9.590,30.- más los intereses, costos y costas de la ejecución (art. 68 y 551 CPC), regulando los honorarios de la Dra. Marcela B. Banino en $ 1.208.- arts. 6, 7 y 40 ley 2212 RN).-

Téngase por constituido el domicilio del demandado en los estrados del Tribunal.

Notifíquese, cúmplase con la ley 869. REGISTRESE.-

Se deja constancia que en la merituación de los honorarios, se ha tomado en cuenta fundamentalmente la calidad de la actuación profesional, la extensión y complejidad de la causa y el resultado obtenido a través de aquella (art. 6, 6 bis, 7, ley 2212 RN).-

Dra. SUSANA TERESA BURGOS

JUEZ

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