Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: 35051

N° Receptoría:

Fecha: 2005-08-22

Carátula: GARCÉS PÉREZ Julio c/SANELLI Rosa Isabel S/ Ordinario

Descripción: Resolucion

General Roca 22 de agosto de 2005

VISTO Y CONSIDERANDO: A fs.446 se presenta el perito contador José Luis Rueda solicitando aclaratoria de sentencia motivada por el monto regulado en la misma, entendiendo que su estimación debía tener relación con el monto base surgido del reclamo promovido por el actor.-

Evidentemente, que en el caso, su labor no estuvo dirigida a dilucidar aquel monto, sino a verificar determinados datos que la parte demandada tendía a corroborar -fs.258-, donde el único monto en juego eran los U$S 15.000.-, pero que tampoco importaba una verdadera pericia sino una constatación de la salida o no de dichos fondos.-

Tan es así, que su trabajo obrante a fs.389/91 importó una referencia a datos registrados en libro IVA compras y ventas, única registración llevada por Garcés Perez, acompañamiento de fotocopias de parte de lo verificado y un último punto individualizado como g) donde reseña lo que le transmitió el actor.-

Este medio probatorio no se destacó en la decisión tomada por no incidir para ello, surgiendo dicha circunstancia de los fundamentos de la misma, por lo que se le retribuyó de acuerdo a la actividad cumplida.-

Por los fundamentos expuesto y lo dispuiesto por los arts.166 inc.2 y 386 del C.P.C.

RESUELVO: Hacer lugar a la aclaratoria solicitada por el contador José Luis Rueda, manteniendo la regulación fijada a fs.445 por los argumentos expuestos en los considerandos.-

Not. y Reg.-

Dra. SUSANA TERESA BURGOS

JUEZ

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