Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: 36179

N° Receptoría:

Fecha: 2005-08-22

Carátula: CREDIL SRL C/AGUIRRE Elias Rubén S/ Ejecutivo

Descripción: se amplia embargo.-

//neral Roca, 22 de Agosto de 2005.-

En atención a lo peticionado y estado de autos, líbrese oficio a la empleadora a fin de que prosiga con el descuento de haberes del accionado en el porcentaje establecido por ley hasta cubrir las sumas de $ 240,73 en concepto de capital con más la suma de $ l00 calculados para intereses y costas.-

Los fondos embargados deberán ser depositados y/o transferidos al BANCO PATAGONIA SUDAMERIS SA sucursal local a la orden del Tribunal y como pertenecientes a estos autos.-

Oportunamente, notifiquese al accionado el

embargo precedentemente ordenado.-

Se deja constancia que la suma de embargo ordenada precedentemente surge de restar al monto de la planilla aprobada a fs.59 ($ 363,66) la extracción de fondos realizada en la mencionada foja ($ 122,93).-

Dra. SUSANA TERESA BURGOS

JUEZ

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Poder Judicial de Río Negro