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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0399/2005
Fecha: 2007-09-28
Carátula: CAJA PREVISIONAL NOTARIAL DE LA PROVINCIA DE RIO NEGRO C/ RODRIGUEZ ANA MARGARITA S/ EJECUCION FISCAL
Descripción: CEDULA SECRETARIA
C E D U L A
Señor: DR. GUILLERMO CAMPANO
Domicilio: BUENOS AIRES Nº 543 (constituido)
Ciudad: VIEDMA
Hago saber a Ud., que en los autos caratulados: "CAJA PREVISIONAL NOTARIAL DE LA PROVINCIA DE RIO NEGRO C/ RODRIGUEZ ANA MARGARITA S/ EJECUCION FISCAL ", Expte. Nº 0399/2005, que se tramitan por ante el Juzgado en lo Civil, Comercial y de Minería Nº 3 a cargo del Dr. Alejandro J. E. Moldes, Secretaría Unica, sito en calle Laprida Nº 292, 5to. Nivel de esta ciudad, se ha dictado la siguiente resolución: "Viedma, septiembre 28 de 2.007.- Encontrándose las actuaciones retiradas por el Dr. Guillermo Campano, fórmese media carátula e intímese para que en plazo de 48 horas devuelva las mismas, bajo apercibimiento de lo dispuesto por el art. 128 del C. Pr.. Notifíquese.- Fdo. Angela Clara Contreras Prosecretaria".-
QUEDA USTED DEBIDAMENTE NOTIFICADO
Viedma, de septiembre de 2007.-
Angela Clara Contreras
Prosecretaria
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Poder Judicial de Río Negro