include ('../head.inc'); ?>
Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 38093
Fecha: 2007-09-28
Carátula: SANATORIO JUAN XXIII S.R.L. c/BANCA NAZIONALE LAVORO S.A. S/ Ejecución de Sentencia
Descripción: Inicio
//neral Roca, 28 de SETIEMBRE de 2007.-
Por presentado, parte y con domicilio.-
Atento el estado de autos y lo dispuesto por el art. 512 CPC, intímese a la demandada para que en el término de CINCO días acredite las diligencias para cumplir con la escrituración ordenada, bajo apercibimiento de designar el escribano propuesto por la actora y otorgar la suscripta escritura a su costa. Not.-
A la regulación de honorarios, oportunamente, una vez concluida la etapa de ejecución.-
Hágase saber a las partes el derecho que les asiste a oponerse por causa fundada y en relación a terceros, a la publicación de sus datos personales por Internet (Conf.Acord.112/03 del STJRN).-
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
<*****>
Poder Judicial de Río Negro