Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: 38093

N° Receptoría:

Fecha: 2007-09-28

Carátula: SANATORIO JUAN XXIII S.R.L. c/BANCA NAZIONALE LAVORO S.A. S/ Ejecución de Sentencia

Descripción: Inicio

//neral Roca, 28 de SETIEMBRE de 2007.-

Por presentado, parte y con domicilio.-

Atento el estado de autos y lo dispuesto por el art. 512 CPC, intímese a la demandada para que en el término de CINCO días acredite las diligencias para cumplir con la escrituración ordenada, bajo apercibimiento de designar el escribano propuesto por la actora y otorgar la suscripta escritura a su costa. Not.-

A la regulación de honorarios, oportunamente, una vez concluida la etapa de ejecución.-

Hágase saber a las partes el derecho que les asiste a oponerse por causa fundada y en relación a terceros, a la publicación de sus datos personales por Internet (Conf.Acord.112/03 del STJRN).-

Dra. SUSANA TERESA BURGOS

JUEZ

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