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Proveído
Organismo: Secretaría Judicial Stj Nro. 4: Asuntos Originarios y Constitucional. (No Recursos) y Contenc.Adm
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 17867/02
Fecha: 2007-09-27
Carátula: TELEFONICA COMUNICACIONES PERSONALES S.A. S/ ACCION DE INCONSTITUCIONALIDAD
Descripción: vista Proc.Gral..-
EXPTE. Nº 17867/02-STJ
//MA, 27 de septiembre de 2007
-----Atento que la sentencia del día 2 de diciembre de 2003 (cf. fs. 94/118) rechazó la acción de inconstitucionalidad planteada en autos tomando en consideración el dictamen del señor Procurador General de fs. 86/91 quien dictaminó en el mismo sentido, ante la decisión de la CSJN de dejar sin efecto la sentencia recurrida y ordenar el dictado de un nuevo fallo, requiérase de la Procuración General nuevo dictamen al respecto.-
Fdo.:VICTOR HUGO SODERO NIEVAS PRESIDENTE SUPERIOR TRIBUNAL
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Poder Judicial de Río Negro