Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 0202/2006

N° Receptoría:

Fecha: 2007-09-26

Carátula: MACIA LUIS OMAR Y OTRA C/ BANCO HIPOTECARIO S.A. S/ ORDINARIO

Descripción: desiste y se declara negl. prueba - ordena certif.

EXPTE. N° 0202/2006

CARATULA: MACIA LUIS OMAR Y OTRA C/ BANCO HIPOTECARIO S.A. S/ ORDINARIO

Viedma, septiembre de 2007.-

Atento lo peticionado, no habiendo instado la demandada la producción de la prueba informativa y encontrándose vencido el plazo fijado a fs. 197, de conformidad a lo previsto por el art. 384 del Cód. Pr., declárase la negligencia de dicha prueba.-

Tiénese presente el desistimiento formulado.-

De acuerdo a lo solicitado, certifique la Actuaria el vencimiento del término probatorio y las pruebas que se hayan producido. Fecho vuelvan.-

Alejandro J. E. Moldes

Juez

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