include ('../head.inc'); ?>
Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0202/2006
Fecha: 2007-09-26
Carátula: MACIA LUIS OMAR Y OTRA C/ BANCO HIPOTECARIO S.A. S/ ORDINARIO
Descripción: desiste y se declara negl. prueba - ordena certif.
EXPTE. N° 0202/2006
CARATULA: MACIA LUIS OMAR Y OTRA C/ BANCO HIPOTECARIO S.A. S/ ORDINARIO
Viedma, septiembre de 2007.-
Atento lo peticionado, no habiendo instado la demandada la producción de la prueba informativa y encontrándose vencido el plazo fijado a fs. 197, de conformidad a lo previsto por el art. 384 del Cód. Pr., declárase la negligencia de dicha prueba.-
Tiénese presente el desistimiento formulado.-
De acuerdo a lo solicitado, certifique la Actuaria el vencimiento del término probatorio y las pruebas que se hayan producido. Fecho vuelvan.-
Alejandro J. E. Moldes
Juez
<*****>
Poder Judicial de Río Negro