Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 0262/2005

N° Receptoría:

Fecha: 2007-09-26

Carátula: BRATULICH CLARA C/ REBORA TOMAS ARMANDO S/ EJECUTIVO

Descripción: NO APRUEBA LIQUIDACION

EXPTE. Nº : 0262/2005.-

CARATULA: BRATULICH CLARA C/ REBORA TOMAS ARMANDO S/ EJECUTIVO.-

Viedma, septiembre de 2007.-

Atento el estado y constancias de autos, teniendo en cuenta los términos y montos de la liquidación que fuera aprobada a fs. 162 y toda vez que la liquidación que fuera practicada por la demandada a fs. 219/220 resulta ser parcial, incluyendo sólo el pago efectuado y los rubros imputados a dicho pago, sin que la misma implique cancelación de los mismos, por cuanto son a cuenta de mayor cantidad, en consecuencia no corresponde su aprobación; debiendo en la etapa procesal oportuna practicarse una nueva liquidación conforme las constancias de autos y los parámetros de sentencia.-

a.p.

Alejandro J. E. Moldes

Juez

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