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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0262/2005
Fecha: 2007-09-26
Carátula: BRATULICH CLARA C/ REBORA TOMAS ARMANDO S/ EJECUTIVO
Descripción: NO APRUEBA LIQUIDACION
EXPTE. Nº : 0262/2005.-
CARATULA: BRATULICH CLARA C/ REBORA TOMAS ARMANDO S/ EJECUTIVO.-
Viedma, septiembre de 2007.-
Atento el estado y constancias de autos, teniendo en cuenta los términos y montos de la liquidación que fuera aprobada a fs. 162 y toda vez que la liquidación que fuera practicada por la demandada a fs. 219/220 resulta ser parcial, incluyendo sólo el pago efectuado y los rubros imputados a dicho pago, sin que la misma implique cancelación de los mismos, por cuanto son a cuenta de mayor cantidad, en consecuencia no corresponde su aprobación; debiendo en la etapa procesal oportuna practicarse una nueva liquidación conforme las constancias de autos y los parámetros de sentencia.-
a.p.
Alejandro J. E. Moldes
Juez
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Poder Judicial de Río Negro