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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0732/2005
Fecha: 2007-09-25
Carátula: RALINQUEO DEBORA SOLEDAD C/ INDACO RICARDO VICTOR Y OTRA S/ ORDINARIO
Descripción: LLAM.AUTOS PARA RESOLVER (INTERLOCUTORIA)
EXPTE. Nº 0732/2005
CARATULA: RALINQUEO DEBORA SOLEDAD C/ INDACO RICARDO VICTOR Y OTRA S/ ORDINARIO
Viedma, septiembre de 2.007.-
Por interpuesto recurso de revocatoria.-
Toda vez que previo a la apertura y fijación de audiencia, corresponde resolver con relación a las excepciones opuestas, a la revocatoria interpuesta no ha lugar.-
Sin perjuicio de ello, en atención a lo manifestado y lo que surge de las constancias de la causa, llámase autos para resolver.-
Alejandro J. E. Moldes
Juez
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Poder Judicial de Río Negro