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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0340/2007
Fecha: 2007-09-25
Carátula: MUNICIPALIDAD DE VIEDMA C/ BUYAYISQUI RAUL ANTONIO S/ EJECUCION FISCAL
Descripción: NULIDAD NOTIF. EMBARGO EN CTAS. BANCOS
EXPTE. Nº : 0340/2007.-
CARATULA: MUNICIPALIDAD DE VIEDMA C/ BUYAYISQUI RAUL ANTONIO S/ EJECUCION FISCAL.-
Viedma, septiembre de 2007.-
Atento el estado y constancias de autos, teniendo en cuenta que conforme surge de la cédula agregada a fs. 11 no han sido adjuntadas a la misma las copias pertinentes y toda vez que la resolución de fs. 10 debe notificarse con arreglo a las disposiciones del art. 490 del C.Pr., ello a los fines que la citada pueda ejercer en debida forma su defensa, de conformidad con lo establecido en el art. 149 del C.Pr. corresponde decretar la nulidad de la notificación, debiendo practicarse una nueva en debida forma.-
Tiénese presente lo manifestado y atento lo solicitado, trábese embargo sobre las sumas de dinero que el accionado tenga o tuviere en cuentas corrientes, cajas de ahorro, plazos fijos, transferencias, giros y/o cualquier otro concepto en Banco Patagonia S.A., Banco de la Nación Argentina y Banco Provincia de Buenos Aires, hasta cubrir la suma de $ 23.088,91 en concepto de capital, incluídos los honorarios, con más la suma de $ 4.200 que se presupuestan provisoriamente para cubrir intereses, costos y costas del juicio. A tal fin líbrense oficios a las entidades bancarias mencionadas, bajo responsabilidad de la parte, haciéndose saber que la suma embargada deberá ser depositada en una cuenta judicial a nombre del suscripto y como perteneciente a estos autos, en el Banco Patagonia S.A. -sucursal Viedma-. Tiénese presente las personas facultadas para el diligenciamiento del oficio ordenado.-
e.z
Alejandro J. E. Moldes
Juez
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Poder Judicial de Río Negro