include ('../head.inc'); ?>
Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 38012
Fecha: 2007-09-25
Carátula: GALLEGO Estela Edith y SANCOR COOP. SEGUROS Ltda. S/ Homologación
Descripción: a cheque
General Roca, 25 de septiembre de 2007.-
Proveyendo a fs. 37: Habiéndose acordado los honorarios de la Dra. Zinkgraf en $ 12000 y constando a fs. 22 que se depositó la suma de $ 12.500 de honorarios más $ 625 de aportes a Caja Forense (5% a cargo del demandado), revócaquese por contrario imperio, la providencia de fs. 36 y líbrese cheque a la orden de Tomás Alberto Rodriguez por la suma de $ 500 en concepto de reintegro.-
Proveyendo a fs. 38: A fin de depositar la suma obrante en autos, en concepto de capital a favor de los menores ( $ 80.000.-) a plazo fijo renovable cada 30 días, a la orden del Tribunal, líbrese oficio al Banco Patagonia S.A. Sucursal local.
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
En........... se libró cheque N* ........... CONSTE.
En ..............retiro cheque.-CONSTE.-
<*****>
Poder Judicial de Río Negro