Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3

Ciudad: Gral Roca

N° Expediente: 28969IV

N° Receptoría:

Fecha: 2007-09-25

Carátula: BANCO BANSUD S.A. c/FIDELIBUS Gustavo Federico J. S/ Ejecutivo

Descripción: prestamo Dr.Bertolino.-

//neral Roca, 25 de Setiembre de 2007.-

Al punto I, agréguese y téngase presente lo manifestado.-

Al punto II, líbrese oficio al Sistema Unico de Registración Laboral a los fines requeridos.-

Al punto III, téngase presente el bien denunciado a embargo a cuyo efecto y para su toma de razón líbrense oficios a las instituciones bancarias indicadas todos ellas de la localidad de Villa Regina, haciendose efectiva la medida por la suma de 19.096,74 en concepto de capital con más la de $ 7600 calculados para intereses y costas, debiendose abstener en caso de tratarse de cuenta sueldo.-

Los fondos embargados deberán ser transferidos al Banco Patagonia SA sucursal General Roca a la orden del Tribunal y como pertenecientes a estos autos.-

Hago saber al presentante que de efectivizarse el embargo en algunas de las instituciones bancarias indicadas deberá abstenerse de la presentación de los oficios ordenados en las restantes.-

Al punto IV, concédese el préstamo de las presentes actuaciones por el término de TRES DIAS.-

Dra. SUSANA TERESA BURGOS

JUEZ

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Poder Judicial de Río Negro