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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 33314IV
Fecha: 2007-09-21
Carátula: BANCO RIO DE LA PLATA SA c/ROMERO Nélida S/ Ejecutivo
Descripción: se ordena traslado.-
//neral Roca, 21 de Setiembre de 2007.-
Agréguese la documentación acompañada y téngase por presentada en el carácter invocado.-
Téngase presente la nueva denominación social efectuada y de la misma, traslado a la demandada.-NOT.-
De la misma, traslado al deudor cedido.-NOT.-
Téngase presente el bien denunciado y trábese embargo sobre las sumas que pudieran resultar a favor de la demandada Sra.Nelida Romero en la subasta ordenada en los autos:BANCO DE LA PAMPA S.E.M. C/ROMERO NELIDA S/EJECUTIVO Expte.No 464-J I-Año 04, a cuyo efecto y para su toma de razón, líbrese el correspondiente oficio, haciendose efectiva la medida $ 2615 en concepto de capital con más la de $ 1.000 calculados para intereses y costas.-
Los fondos embargados deberán ser transferidos al Banco Patagonia SA sucursal General Roca a la orden del Tribunal y como pertenecientes a estos autos.-
Atento lo dispuesto por la Ley 25.820 se deja constancia que el capital reclamado de U$S 2.615 ha sido convertido a $ 2.615 a razón $ 1 igual U$S 1 más el coeficiente que corresponda.-
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
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Poder Judicial de Río Negro