Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 0359/2006

N° Receptoría:

Fecha: 2007-09-19

Carátula: VIGGIANI SUSANA AMELIA C/ GATICA HORACIO WALTER S/ EJECUTIVO

Descripción: APROBACION DE LIQUIDACION - EMBARGO - OFICIO AL BANCO

EXPTE. No 0359/2006

CARATULA: VIGGIANI SUSANA AMELIA C/ GATICA HORACIO WALTER S/ EJECUTIVO

Viedma, septiembre de 2007.-

1.- Atento lo peticionado y habiendo vencido el traslado de la liquidación conferido a fs. 42 sin que la contraparte haya opuesto objeción alguna, apruébase la misma en cuanto ha lugar por derecho en la suma de $ 95,36 en concepto de intereses de capital, honorarios y aporte, calculados al 31/07/07, adicionado que fuera al crédito el 5% en concepto de aporte a la Caja Forense y aplicado los intereses correspondiente a los montos percibidos por la parte.-

2.- Atento lo solicitado, trábese embargo en las proporciones de ley sobre los haberes que percibe el demandado, sr. Horacio Walter Gatica como empleado del Ministerio de Salud Pública de la Provincia de Río Negro hasta cubrir la suma de $ 5,36 en concepto de saldo de liquidación aprobada en autos, con más la suma de $ 50 presupuestado provisoriamente para responder a intereses, costas y costos de la ejecución. A tal fin, líbrese oficio al organismo mencionado precedentemente, haciéndole saber que la suma embargada deberá ser depositada en una cuenta judicial a nombre del suscripto y como perteneciente a estos autos en el Banco Patagonia S.A..-

3.- Asimismo y en mérito a lo ordenado precedentemente, líbrese oficio al Banco Patagonia S.A., a los fines de comunicarle que deberá entregar al Dr. Gustavo Javier Bronzetti Nuñez a su sola presentación, los fondos que ingresen en la cuenta de autos hasta cubrir la suma de $ 95,36 por capital, debiendo informar a este Tribunal en forma detallada, una vez finalizada la medida ordenada.-

a.p.

Alejandro J. E. Moldes

Juez

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