include ('../head.inc'); ?>
Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3
Ciudad: Viedma
N° Expediente: 0732/2005
Fecha: 2007-09-19
Carátula: RALINQUEO DEBORA SOLEDAD C/ INDACO RICARDO VICTOR Y OTRA S/ ORDINARIO
Descripción: debe resolver excepc. - deja sin efecto aud. art. 361
EXPTE. Nº 0732/2005
CARATULA: RALINQUEO DEBORA SOLEDAD C/ INDACO RICARDO VICTOR Y OTRA S/ ORDINARIO
Viedma, septiembre de 2007.-
Teniendo en cuenta que la demandada Clínica Regina S.R.L. a fs. 108/110 y Federación Patronal Seguros S.A. a fs. 197/198 han opuesto excepción y previo a la prosecución de la presente causa corresponde su resolución por lo que deberá notificarse el traslado dispuesto a fs. 204.-
En su mérito, déjase sin efecto la apertura a prueba decretada mediante providencia de fs. 233 y en consecuencia la audiencia allí fijada
.-
Alejandro J. E. Moldes
Juez
<*****>
Poder Judicial de Río Negro