Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 0732/2005

N° Receptoría:

Fecha: 2007-09-19

Carátula: RALINQUEO DEBORA SOLEDAD C/ INDACO RICARDO VICTOR Y OTRA S/ ORDINARIO

Descripción: debe resolver excepc. - deja sin efecto aud. art. 361

EXPTE. Nº 0732/2005

CARATULA: RALINQUEO DEBORA SOLEDAD C/ INDACO RICARDO VICTOR Y OTRA S/ ORDINARIO

Viedma, septiembre de 2007.-

Teniendo en cuenta que la demandada Clínica Regina S.R.L. a fs. 108/110 y Federación Patronal Seguros S.A. a fs. 197/198 han opuesto excepción y previo a la prosecución de la presente causa corresponde su resolución por lo que deberá notificarse el traslado dispuesto a fs. 204.-

En su mérito, déjase sin efecto la apertura a prueba decretada mediante providencia de fs. 233 y en consecuencia la audiencia allí fijada

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Alejandro J. E. Moldes

Juez

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