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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 36594
Fecha: 2007-09-19
Carátula: FERRARINO Hector Alberto S/ Concurso Preventivo
Descripción: resolucion a protocolo
General Roca, 19 de setiembre de 2007.-
VISTOS Y CONSIDERANDO: Para resolver en estos autos caratulados " FERRARINO HECTOR ALBERTO s/ CONCURSO PREVENTIVO (Expte. N” 36.594-III-04).-
No habiéndose formulado impugnaciones al acuerdo preventivo que enuncia la resolución de fs.271, cabe expedirse conforme lo dispone el art.52 LCQ. En relación a ello se comprueba que el concursado ha obtenido conformidad con la propuesta de pago de la mayoria de los acreedores y en proporción del capital que exige la ley, tal como surge del cómputo realizado por sindicatura, a fs.268/9.-
En efecto, no se han deducido impugnaciones al acuerdo y se han recepcionado conformidades con respecto a las propuestas de pago, tal como consta a fs.211/5, 217/23, 235/40, existiendo aceptación de planes de pago por entidades públicas según surge de fs.262. La Sra. síndico se expide en forma favorable a fs.268/9 por haberse cumplido las mayorías que prevé el art.45 LCQ, lo que hace presuponer la voluntad de los acreedores, en el sentido que la concursada mantenga la administración de sus bienes, por lo que cabe aprobar la propuesta formulada y homologar el acuerdo al que se ha arribado.-
Por todo ello y lo dispuesto por los arts.45, 52, 54, 265 inc.1 y 266 y cc. de la ley 24522.-
RESUELVO: Homologar en todas sus partes el acuerdo preventivo que celebrara el Sr. HECTOR ALBERTO FERRARINO con los acreedores, cuyas consideraciones y especificaciones surgen de la propuesta y conformidades señaladas en los considerandos.-
Regular los honorarios profesionales de los Dres. Adolfo Martinez en $1.000.- Elizabeth Quesada en $350.- Susana S. de Fiselson $ 350.-, los de la Cra. Susana Briones en $ 5.000.-, los del Dr. Adolfo Cristian Nielsen en $ 1000.- y Dr. Sergio Barotto en $ 500.- a cargo de sindicatura.-
Se deja constancia que los honorarios fueron determinados sobre un activo de $ 167.500.- (fs.152 ) y un pasivo de $ 379.345,42 (fs.152).-
Se fija a favor del Consejo Profesional de Ciencias Económicas el aporte del 5% correspondiente a los honorarios regulados a la Cra. Briones, la suma de $175.-
Procédase por secretaría a liquidar impuestos y contribuciones.-
Se deja constancia que en la merituación de los honorarios se ha tomado en cuenta fundamentalmente la calidad de la actuación profesional, la extensión y complejidad de la causa y el resultado obtenido a través de aquélla.-
Notifíquese, regístrese, y cúmplase con la ley 869.-
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
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Poder Judicial de Río Negro