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Proveído
Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria Nº 3
Ciudad: Gral Roca
N° Expediente: 33089III
Fecha: 2007-09-17
Carátula: SEPULVEDA Estela N. c/FERNÁNDEZ Darío M. S/ Filiación
Descripción: Inicia Ejecución de Honorarios
//neral Roca, 17 de SEPTIEMBRE de 2007.=
Téngase por iniciada la ejecución de honorarios del Dr. Fernando E. Detlefs.
Líbrese oficio a la empleadora a fin de que trabe embargo sobre los haberes a percibir por el demandado en cualquier concepto -sueldo, horas extras, participaciones-, en el porcentaje que por ley corresponde, hasta cubrir las sumas de $ 200.- en concepto de capital con más la de $ 200.- calculados para intereses y costas. Las mismas deberán ser depositadas y/o transferidas en la cuenta de autos, a la orden del Tribunal, en el Banco Patagonia SA.
Oportunamente notifiquese al demandado el embargo ordenado.
Cítese de venta al demandado por el término de diez días a cuyo fin líbrese cédula directa a Bahía Blanca.
A lo demás, oportunamente.
Dra. SUSANA TERESA BURGOS
JUEZ
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Poder Judicial de Río Negro