Proveído

Organismo: Juzgado Civil,Comercial y Mineria N°3

Ciudad: Viedma

N° Expediente: 0442/2007

N° Receptoría:

Fecha: 2007-09-13

Carátula: RIO NEGRO FIDUCIARIA S.A. C/ MORETE EDGARDO Y OTROS S/ SUMARISIMO

Descripción: gestor morete-contesta demanda

EXPTE. N° 0442/2007

CARATULA: RIO NEGRO FIDUCIARIA S.A. C/ MORETE EDGARDO Y OTROS S/ SUMARISIMO

Señor Juez:

Informo a Ud. que se ha encontrado traspapelado entre las copias de traslado un escrito que dice "Opone excepción de prescripción-contesta demanda" presentado con fecha 04/09/07, a las 8,00 hs., por el Dr. Rodolfo Cufre, gestor procesal del sr. Morete, el cual no ha sido proveido dado que por error se lo considero copia del escrito de fs. 47/61 que fuera proveido a fs. 62. Conste.-

Secretaría, septiembre de 2007.-

Ana Carolina Scoccia

Secretaria

Viedma, septiembre de 2007.-

Tiénese presente el informe que antecede.-

Por presentado, parte en el carácter de gestor procesal y por constituido el domicilio. Hágase saber al profesional que deberá acreditar personería o ratificar la gestión en el plazo previsto por el art. 48 del C. Pr. y bajo el apercibimiento allí dispuesto.-

Previo a todo, deberá estarse a la recepción de la cédula diligenciada de la notificacion ordenada a fs. 44.-

Hágase saber al profesional interviniente, que deberá cumplir con el aporte dispuesto por los arts. 7 y 8 de la ley 2897 (modif. por ley 4132), bajo apercibimiento de poner en conocimiento al Colegio de Abogados a sus efectos.-

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Poder Judicial de Río Negro